Pregunta
¿Las instituciones que prestan servicios de salud están obligadas a realizar procedimientos de aborto?
Interrupción voluntaria del embarazo (Aborto)
Si, todas las instituciones de salud están en la obligación de prestar el servicio de Interrupción voluntaria del embarazo (Aborto) (IVE), siempre y cuando tengan habilitado el servicio que ampara este procedimiento. En el caso de que no sea así la entidad esta en la obligación de remitir a la usuaria a una institución con mayor nivel de complejidad.
Ten en cuenta que este derecho esta reconocido por la Corte Constitucional de Colombia mediante la Sentencia C-055 de 2022. Debes conocer que en caso de que las instituciones de salud no presten el servicio de IVE, se dará aplicación a sanciones institucionales e individuales. Recuerda que la IVE es un derecho fundamental de niñas y mujeres que debe ser garantizado por todas las instituciones de salud.
Si quieres más información relacionada, puedes revisar las siguientes preguntas: ¿Dónde puedo abortar? ¿El aborto es legal en Colombia?
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